Plan de ayudas 2025 del Gobierno Vasco para las PYMEs de Euskadi.

Agenda para la empresa vasca.

Ayudas para la empresa vasca.

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Todo lo que necesitas saber sobre Programa Ciberseguridad Empresarial

Las empresas beneficiarias de este programa deben disponer de un centro de actividad en la CAPV y figurar de alta en el IAE del País Vasco. No podrán acceder las que estén adscritas a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación ni a Redes de I+D de naturaleza similar.

En un pago único tras haber presentado la solicitud de liquidación y la documentación justificativa.

  • Declaración responsable realizada que se incorpora como Anexo a las Bases Reguladoras.
  • Relación de ayudas de mínimos concedidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en el que se solicita la ayuda.
  • Relación de ayudas que para el mismo proyecto hayan sido solicitadas y/o concedidas.
  • Poder notarial del representante legal. Si es trabajador autónomo, Certificado de Hacienda o Ayuntamiento actualizado en el que acredite la actividad.
  • NIF de la entidad beneficiaria.
  • Oferta técnica y económica del proyecto.
  • Oferta de diferentes proveedores en caso de superar la cuantía del contrato menor.
  • Plan de Negocio de la empresa en caso de haberse constituido en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Si se solicita el 5% adicional por fomentar acciones en favor del euskera y la igualdad:
    • Copia del certificado de Calidad en la Gestión Lingüística Bikain
    • Plan de Igualdad, sólo en el caso de las empresas de 50 personas o menos.
    • Documento que acredite la implementación del uso de Software en euskera.

El importe máximo de la subvención por empresa es de 23.000 euros.

El presupuesto máximo para inversiones en hardware y software será del 80% y las solicitudes deben contar con al menos un 20% de gasto en consultoría y/o ingeniería.

Sí. La subvención máxima anual por empresa beneficiaria será destinada para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio, con un máximo de 23.000 euros por empresa.

Antes de iniciar el proyecto objeto de la solicitud. Serán admitidas a trámite las solicitudes de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de la convocatoria en curso, siempre que sean presentadas dentro de los dos meses posteriores a la publicación de la ayuda en el Boletín Oficial del País Vasco.

La oferta debe contener la siguiente información:

  • Actividad y situación actual de la empresa (en base a tecnología).
  • Problema / necesidad detectada. Objetivos del proyecto.
  • Descripción de las tareas de ingeniería y consultoría a realizar, descripción del producto / servicio y documentos que se espera generar en el proyecto.
  • Descripción de las inversiones en hardware y software a abordar en el proyecto objeto de subvención. Aclarar la relación con el proyecto y la necesidad del mismo.
  • Análisis detallado de la solución de ciberseguridad a implantar. Tecnologías a emplear en el proyecto.
  • Desglose del presupuesto que incluya costes de consultoría y/o ingeniería, licencias del sistema, mantenimiento y hardware (si proceden).
  • Estimación de horas por cada una de las tareas a realizar (dedicaciones).
  • Calendario de ejecución del proyecto.

La memoria de ejecución del proyecto del programa de ayuda debe contener la siguiente información:

  • Problema/necesidad resuelta. Objetivos logrados.
  • Desviaciones sobre el proyecto presentado y justificación de las mismas.
  • Descripción de las tareas realizadas de ingeniería y/o consultoría y documentos generados en el proyecto.
  • Descargo detallado de las tareas realizadas dentro del servicio de consultoría indicando las dedicaciones horarias a las mismas (nombre del consultor/técnico, fecha, tarea, tiempo dedicado…).
  • Descripción y evidencias de las inversiones en hardware y software relacionadas con el proyecto objeto de subvención (capturas de pantalla, fotos…). Aclarar su relación y la necesidad.
  • Desglose de los importes facturados que incluya costes de consultoría y/o ingeniería, licencias del sistema, mantenimientos y hardware (si proceden).

Sí, siempre tiene que haber un mínimo de consultoria y/o ingeniería en el proyecto. No se admiten proyectos que únicamente contemplen adquisición de Hardware y licencias de Software.

Deberán ser empresas especializadas en los ámbitos de actuación del proyecto objeto de subvención y que puedan acreditar experiencia en proyectos de naturaleza similar.

El importe máximo de 23.000 € es por empresa beneficiaria y puede incluir varios proyectos.

La empresa beneficiaria de la subvención, debe solicitar 3 ofertas cuando el coste del proyecto sea igual o superior a 15.000 euros (sin IVA). Estas 3 ofertas deberán guardarlas con la documentación del expediente durante el periodo que exige la legislación vigente, y únicamente deberán adjuntar en su solicitud la oferta del proveedor elegido para llevar a cabo el proyecto. Deberán mencionar que disponen de las mismas, en la correspondente declaración responsable.

Se establece un máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la documentación completa. La falta de resolución en plazo se entenderá como desestimatoria.

Sí.

Sí, siempre que se presente durante los 2 meses siguientes a la publicación de las bases.

Sí.

Sí, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste total del proyecto.

12 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

90 días naturales contados a partir de los 12 meses de plazo máximo de ejecución del proyecto.

  • Copia de las facturas de los gastos e inversiones elegibles con el desglose de costes de consultoría y/o ingeniería, hardware y software.
  • Copia de los justificantes de pago de la entidad financiera.
  • Memoria técnica que acredite los trabajos realizados elaborada por la entidad proveedora tras la ejecución del proyecto.
  • Copia del Certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario.
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