Tenemos el propósito de despejar todas las dudas que te puedan surgir.
Si no está aquí la solución que buscas pregúntanos, haremos todo lo posible para facilitarte
el acceso a nuestros programas de ayuda y servicios que ofrecemos.
Las solicitudes pueden enviarse hasta el 17 de marzo del 2025.
Las beneficiarias de este programa son las EMPRESAS (grandes o pymes), agrupaciones y asociaciones empresariales.
Se presenta telemáticamente a través de la sede electrónica:
https://app5.spri.net/IDI/HomeHazitek.aspx
Además de la solicitud, todos los requerimientos, notificaciones, subsanaciones y demás gestiones implicadas en esta Orden, se efectuará por medios electrónicos.
Se necesitará un certificado reconocido del representante legal de la empresa para ser firmada digitalmente y un lector de tarjetas (certificados). Los certificados válidos son los emitidos por las siguientes entidades: Policía (DNIe), Izenpe, FNMT, Camerfirma
Es una ayuda a fondo perdido.
Sí, en caso de que el beneficiario edite o elabore cualquier tipo de documento y material (de comunicación) relacionados con la operación cofinanciada (folletos, web…), estos materiales deberán incluir una mención de la ayuda de la UE, ya sea escrita o incluyendo el logo UE que puedes descargar en https://www.spri.eus/archivos/2023/01/png/es-eu-europar-batasunak-kofinantzatua_ps.png
Deberá solicitarse telemáticamente en la aplicación “I+D+i” y dirigirla a la viceconsejería correspondiente.
En la convocatoria actual, la solicitud de liquidación de lo realizado en cada anualidad del proyecto deberá presentarse durante los dos primeros meses siguientes al del año concluido (tanto para proyectos competitivos como estratégicos). Se hará mediante la presentación de la Cuenta Justificativa de la subvención, que incluirá un informe de auditoría de los costes del proyecto y demás documentación, de acuerdo con las instrucciones que se remitirán a cada entidad beneficiaria junto con la resolución de concesión de la ayuda.
En los proyectos de carácter competitivo, no es obligatorio.
En los proyectos de carácter estratégico, es obligatoria la subcontratación de uno o varios Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, con un presupuesto mínimo del 20% del total del presupuesto presentado.
Se permite tanto la firma manual escaneada como la digital.
INVESTIGACION INDUSTRIAL | DESARROLLO EXPERIMENTAL | ||
Nota obtenida en criterios clave igual o superior al 40% de la nota máxima | Nota obtenida en criterios clave igual o superior al 50% de la nota máxima | sin diferenciación en nota por criterios clave | |
HAZITEK COMPETITIVOS | 30%* | 40%* | 25%* |
(*) Los proyectos de carácter competitivo en cooperación transnacional, como es el caso de las iniciativas ERANETs, podrán obtener un 5% adicional. | |||
Nota obtenida en criterios clave igual o superior al 40% de la nota máxima | Nota obtenida en criterios clave igual o superior al 50% de la nota máxima | sin diferenciación en nota por criterios clave | |
HAZITEK ESTRATÉGICOS | 40%* | 50%* | 25%* |
Son elegibles exclusivamente los gastos de viaje relacionados directamente con la actividad investigadora del proyecto.
No.
El abono de las ayudas se realizará en dos pagos y de la siguiente forma:
Para los proyectos de carácter competitivo:
Para los proyectos de carácter estratégico:
Una vez realizada la justificación en los términos descritos, se procederá a efectuar libramiento simultáneo correspondiente a la parte de la anualidad justificada y a un anticipo correspondiente al 50% de la anualidad siguiente.
Los proyectos de investigación y desarrollo de carácter competitivo, deberán contar con un presupuesto total anual mínimo de 100.000 euros, En caso de que sea un proyecto de cooperación, la cantidad por empresa participante será de 50.000 euros anuales.
Por su parte, los Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental de carácter Estratégico, contarán con un presupuesto mínimo de 4 millones de euros y una duración máxima de 3 años. Además, el dinero presupuestado por empresa participante será de 50.000 euros al año.
La empresa beneficiaria de la subvención debe solicitar 3 ofertas cuando el coste del proyecto supere los 15.000 euros (sin IVA). Si el mismo concepto subvencionable está distribuido en varias facturas, se acumulan los importes.
Esta solicitud de las tres ofertas deberá realizarse con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien.
Las tres ofertas deberán presentarse en el momento de la justificación y, en caso de no elegir la más ventajosa económicamente, deberá presentarse una memoria que justifique esta elección.
Asimismo, en el caso de que, por la excepcionalidad del servicio o bien, no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo presten o suministren, se deberá aportar una memoria justificativa de la imposibilidad de presentar tres ofertas.
Los proyectos Competitivos pueden realizar su actividad desde el momento en que se presenta la solicitud, hasta el 31 de diciembre del año en curso. (Anual). Por su parte, los proyectos Estratégicos podrán hacerlo desde el momento en que se presenta la solicitud y, hasta un máximo de 3 años (Plurianual).
Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Se realiza por concurrencia competitiva, en una única fase. En la resolución de concesión: