Plan de ayudas 2025 del Gobierno Vasco para las PYMEs de Euskadi.

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Ayudas para la empresa vasca.

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Sí, en la página de acceso a la aplicación para tramitar la ayuda está disponible una plantilla de la Memoria Técnico-Económica.

Sí, existe una plantilla a disposición para realizar el organigrama de la entidad.

No, solo la compra de licencias de software no es una actuación subvencionable.

Sí, el gasto subvencionable se acreditará mediante pedido o contrato aceptado por las partes (el solicitante de la ayuda y el fabricante o suministrador) y el pago de al menos el 10% del importe de la maquinaria y/o equipamiento avanzado.

No, en este caso, el solicitante de la ayuda tiene que aportar el leasing formalizado y el compromiso de compra firmado por ambas partes (entidad bancaria y empresa).

Al presentar la solicitud, debe estar pagado el 10% del importe de la maquinaria y/o equipamiento avanzado, adquirido con factura.

Sí, pero los gastos de consultoría/ingeniería no podrán superar el 25% del presupuesto total del proyecto.

La maquinaria nueva y/o equipamiento avanzado (Hardware y Software) adquirido debe ser entregado y puesto en marcha a partir del 1 de enero del año en que se realiza la solicitud.

El porcentaje de subvención sobre los “presupuestos de gastos/inversiones máximas aceptadas” para cada Solicitud de Ayuda será del 20%.

La subvención máxima por empresa es de 75.000 euros, pudiendo presentar una o varias solicitudes.

Sí.

El plazo máximo de resolución es de 6 meses desde la presentación de la solicitud con toda la documentación.

Una vez finalizada la actuación subvencionable (instalación/implantación de la maquinaria y/o equipamiento avanzado adquirido), se dispone de 1 mes para la presentación de la liquidación.

El abono de la subvención concedida se hará efectivo en dos pagos:

  • Un primer pago, por cuantía equivalente al 50% del importe de la subvención concedida, tras su notificación, una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 17.1 a) de las bases, sin mediar renuncia expresa.
  • Un segundo pago, correspondiente al importe pendiente de la subvención concedida que proceda, cuya cuantía concrete la resolución de liquidación del Director General de SPRI, tras la justificación de la subvención, en los términos establecidos en el artículo 14 de las bases.
  1. Declaración responsable firmada según el contenido del modelo normalizado que se incorpora como Anexo a las bases del programa publicado en el BOPV.
  2. Poder notarial del representante legal. En el caso de que el beneficiario sea un trabajador autónomo, Certificado del Departamento de Hacienda de la Diputación Foral o Ayuntamiento correspondiente, actualizado y que acredite la actividad económica.
  3. NIF de la entidad beneficiaria en el caso de personas jurídicas y DNI en el caso de personas físicas.
  4. Contrato de compra – venta de la nueva máquina y/o equipamiento avanzado (Hardware y Software) adquirido, firmado por ambas partes o pedido aceptado por las partes.
  5. Factura mínima del 10% del pago y el justificante bancario de pago/s realizado/s de las máquinas y/o equipamiento avanzado, con reflejo en las cuentas o certificado bancario del pago.
  6. Memoria descriptiva técnico-económica (límite 25 páginas) del proyecto de que se desea abordar.
  7. Relación de ayudas de minimis concedidas en los tres años previos, indicando fecha de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
  8. Relación de ayudas que para el mismo proyecto hayan sido solicitadas y/o concedidas por instituciones públicas o privadas, indicando fecha de solicitud o, en su caso, de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
  9. Documentación acreditativa de la condición de Pyme de la solicitante: datos anuales de empleo, volumen de negocio y balance general de la misma.
  10. Para solicitudes superiores a 30.000 euros, certificado de la empresa o del auditor respecto del cumplimiento del artículo 13.3 bis de la LGS en relación a los plazos legales de pago.
  11. Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente facilitada para efectuar los pagos.
  12. Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 30.3 de la LRRS, deba haber solicitado la entidad beneficiaria.
  1. Facturas de los gastos e inversiones elegibles.
  2. Justificantes de pago de la Entidad Financiera.
  3. Memoria descriptiva (límite 25 páginas) que acredite los trabajos realizados.
  4. Certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario.
  5. Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse el importe, procedencia y el importe de tales fondos a las actividades subvencionadas.
  1. Actividad y situación actual de la empresa (en base a tecnología)
  2. Problemática a resolver / necesidad detectada. Objetivos que se quieren alcanzar.
  3. Descripción del Proyecto de Industria 4.0 que se desea abordar gracias a la incorporación de esta maquinaria y/o Equipamiento Avanzado (Hardware y Software), no catálogo de funcionalidades. Del mismo modo, se deberá justificar el encaje o alineamiento del mismo con las tecnologías descritas en el artículo 6 de las bases (caracterización de los principales aspectos del proyecto desde el punto de vista de la conectividad/integración con otros sistemas, recogida/explotación de datos, …).
  4. Justificación de la mejora en la competitividad (nuevos procesos, aumento de la producción, etc) de la empresa beneficiaria como resultado del proyecto de Industria 4.0.
  5. Impacto del Proyecto de Industria 4.0 en los resultados de la empresa beneficiaria en términos de aumento de facturación, generación de empleo y porcentaje de exportación.
  6. Justificación por parte de la entidad beneficiaria del efecto tractor del proyecto de Industria 4.0 o de las inversiones realizadas sobre sus proveedores.
  7. Justificación de la consideración medioambiental y energética de la maquinaria y/o equipamiento avanzado (Hardware y Software).
  8. Calendario para la implantación y puesta en marcha de esta maquinaria y/o equipamiento avanzado (Hardware y Software).
  1. Mejoras / Beneficios obtenidos como resultado del Proyecto de Industria 4.0 realizado.
  2. Descripción de los trabajos realizados y de la utilización de esta Maquinaria y/o Equipamiento Avanzado (Hardware y Software) en la línea del Proyecto de Industria 4.0 realizado.
  3. Descripción / Seguimiento de los próximos pasos del Proyecto de Industria 4.0, una vez implantada la maquinaria y/o el equipamiento avanzado (Hardware y Software) adquirido.
  4. Desviaciones respecto al plan inicial.
  5. Descripción y evidencias (capturas de pantalla, fotos, enlaces a videos…) de las inversiones en maquinaria y/o equipamiento avanzado (Hardware y Software), y del Proyecto de Industria 4.0 realizado.
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