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La empresa beneficiaria de la subvención debe solicitar 3 ofertas cuando el coste del proyecto sea igual o superior a 15.000 euros (sin IVA) y el proyecto se vaya a iniciar con posterioridad a la fecha de solicitud. En estos casos, las dos ofertas no seleccionadas también deberán ser adjuntadas en la solicitud de la ayuda. Si no se ha seleccionado la oferta más económica, se deberá adjuntar un documento donde se justifiquen las razones de la elección.
Las empresas externas, así como el equipo propuesto deberán contar con experiencia acreditada en el ámbito del proyecto, debiendo constar en su oferta los siguientes aspectos:
Se presenta telemáticamente a través de la página web de SPRI y necesitará un certificado reconocido del representante legal de la empresa para firmarla digitalmente y un lector de tarjetas (certificados). Los certificados válidos son los emitidos por las siguientes entidades de certificación: La policía (DNIe), Izenpe, FNMT, Camerfirma.
Declaración responsable del representante legal de la entidad en la que se hagan constar las circunstancias explicitadas en el artículo 11.1.a de la Orden de Bases, Poder notarial del representante legal (en el caso de que el beneficiario sea un trabajador autónomo, Certificado del Departamento de Hacienda de la Diputación Foral o Ayuntamiento correspondiente, actualizado, que acredite la actividad económica.), NIF de la entidad beneficiaria, Copia del certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario, Memoria justificativa de la necesidad de solicitar el servicio de asesoramiento y acompañamiento de un experto independiente según artículo donde se deberán tratar los puntos descritos en el artículo 11.2.a, Presupuesto de la oferta realizada por el experto independiente, según criterios descritos en el Artículo 7.6, anejando documentación descriptiva y acreditativa de la experiencia del equipo asesor según criterios descritos en el Artículo 7.11. y en el caso de que la empresa beneficiaria haya sido constituida en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, deberá presentar su «Plan de Negocio».
Actividad y situación actual de la empresa; problemas operativos y financieros identificados en las diferentes áreas de la empresa (Impacto en la actividad económica de la misma); Posibles acciones que se han llevado o se han detectado que se podrán llevar a cabo abordando tanto parte operativa como financiera; Situación de la posición financiera neta; Listado de acreedores financieros, así como la posición de deuda de cada uno de ellos; Necesidad y razonamiento de solicitar apoyo a un experto independiente y Descripción de los objetivos que se desean alcanzar con el servicio objeto de la presente subvención.
Los gastos susceptibles de apoyo deberán ser devengados o facturados a partir del 1 de enero de 2024 y durante el plazo de ejecución del proyecto, que serán 9 meses a contar desde la fecha de inicio del proyecto.
Memoria justificativa de los gastos ejecutados y facturas de los gastos elegibles con desglose de costes, Justificantes bancarios de pago de la Entidad Financiera de los gastos subvencionables del proyecto y Certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario.
Memoria técnica que acredite los trabajos realizados elaborada por la entidad proveedora tras la ejecución del proyecto y que recoja la siguiente información: Un Diagnóstico del punto de partida de la empresa beneficiaria, desde un punto de vista tanto operativo como financiero, un Plan de Acción que incluya la descripción de las acciones o mejoras llevadas a cabo durante la ejecución del proyecto, así como una breve descripción de aquellas medidas pendientes de implantar en el futuro, en base al diagnóstico del punto de partida realizado, la refinanciación de la deuda: acciones ya iniciadas y pendientes de iniciar, cronograma definitivo de ejecución de las actuaciones recogidas en los dos puntos anteriores y acciones de acompañamiento llevadas a cabo por la consultoría financiera para la renegociación del pasivo financiero, así como el acompañamiento en la ejecución de las medidas contempladas en el plan.
La ayuda se dirige a empresas de carácter industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial.
Son elegibles tanto PYMEs como grandes empresas.
Los expedientes se resuelven por otorgamiento sucesivo, es decir, de forma individual y ordenada en función del momento en que haya sido completada la solicitud con toda la documentación exigida.
Sólo podrá presentarse un único proyecto por empresa o grupo de empresas.
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